top of page

INFORMACIÓN PÚBLICA OBLIGATORIA 2023

Bienvenidas y Bienvenidos

 

En este espacio encontrarás la información pública obligatoria relativa al artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Nota. La liga descarga automáticamente un archivo en formato .xlsx, visible en Microsoft Excel.​

ARTÍCULO 75.

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

FRACCIÓN II
-ESTRUCTURA ORGÁNICA
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables; 
FRACCIÓN III
-LAS FACULTADES DE CADA ÁREA
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
FRACCIÓN IV
-LAS METAS Y OBJETIVOS DE LAS ÁREAS DE CONFORMIDAD CON SUS PROGRAMAS OPERATIVOS
E
FRACCIÓN V
-LOS INDICADORES RELACIONADOS CON TEMAS DE INTERÉS PÚBLICO O TRASCENDENCIA SOCIAL QUE CONFORME A SUS FUNCIONES, DEBAN ESTABLECER
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
FRACCIÓN VI
-LOS INDICADORES QUE PERMITAN RENDIR CUENTA DE SUS OBJETIVOS Y RESULTADOS
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
FRACCIÓN VII
-DIRECTORIO DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Los sujetos obligados deberán integrar el directorio con los datos básicos para establecer contacto con sus servidores(as) públicos(as), integrantes y/o miembros, así como toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en los mismos.
FRACCIÓN VIII
-LA REMUNERACIÓN BRUTA Y NETA DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
FRACCIÓN IX
-LOS GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIÁTICOS
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
FRACCIÓN X
-MARCO NORMATIVO
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros; 
bottom of page